| | | | INFORMACION GENERAL | | | | - Moneda: Colon costarricense
- Desde el 15 de Junio de 2007, Los ciudadanos Colombianos que posean visa vigente de los Estados Unidos de America, Canada o de la union europea ( Schengen ) de multiples entradas minimo 6 meses no necesitan de visa consular, para ingresar a Costa Rica en calidad de turismo. De conformidad con el oficio DPI-123-2007. Nada mas requieren de la vacuna de fiebre amarilla aplicada diez dias antes del viaje y pasaporte vigente minimo 6 meses con la visa Respectiva y ademas se debe llevar USD 500 en efectivo al momento de ingresar a Costa Rica.
- Los pasajeros que no cumplan la norma de la visa americana y/o union europea necesitaran tramitar la visa directamente ante el consulado solicitando una cita telefonicamente al mail: visascostarica@gmail.com de Lunes a Viernes de 9:00 a 12:00 pm . /// En el correo electronico se debe indicar nombres y apellidos de la persona que solicitara la visa, numero de la cedula de ciudadania , telefonos fijo y celular y correo electronico en los que se puede localizar al solicitante. Ademas en el correo electronico se deben indicar las fechas en que visitara Costa Rica. Se solicita la remision de un unico correo cuya respuesta recibira en el termino de las siguientes 72 horas habiles. Las citas otorgadas no podran ser adelantadas ni postergadas y si por alguna razon debe cancelar la cita se le solicita hacerlo con al menos 24 horas de antelacion. Si desea reprogramar una cita debera enviar un nuevo correo.
- Direccion: Carrera 12 No 114 - 37 Santa Barbara Central.
- Telefonos: 6295462 - 6197362 - 6295095 - 6295072
- Horarios de atencion: ENTREGA DE DOCUMENTOS: Lunes a Viernes : 8:30 a 12:00 pm // RETIRO DE DOCUMENTOS: Lunes a Viernes: 1:00 a 2:00 pm. /// Atencion a costarricenses con cedula de identidad o pasaporte costarricense: Lunes a Viernes: 2:00 a 4.00 pm.
- Derechos consulares: Visas Consulares: USD 32 /// Visas Consultadas y autorizadas: USD 50 /// Visas Multiples entradas con autorizacion: USD 100 /// Actos notariales de tipo protocolar: USD 100 /// Actos notariales de tipo extra protocolar: USD 50 /// Legalizacion de firmas de autoridades nacionales o extranjeras previamente registradas en la oficina consular: USD 40 /// Legalizacion de documentos para la realizacion, continuacion o convalidacion de estudios o de titulos: Estudiantes extranjeros: USD 15 - Estudiantes Costarricenses: USD 10 - Estudiantes Costarricenses becados: Gratis. /// Autenticacion de un poder para la inscripcion de una marca de fabrica o patente: USD 80. /// Expedicion de pasaportes: USD 56 /// Expedicion de salvoconductos para un solo viaje: Gratis. /// Expedicion de salvoconductos de libreta hasta agotar su existencia: USD 56 / Revalidacion de pasaportes: USD 20 /// Otorgamiento de visas diplomaticas, oficiales o de cortesia previamente autorizadas: Gratis.
- Derechos consulares: Certificacion de inscripcion en el padron consular: Gratis /// Extencion de un certificado de sobrevivencia: USD 10 /// Certificados relativos a las leyes y practicas nacionales o del lugar de residencia: USD 40 /// Traducciones: Traducccion de cualquier documento al español por hoja: USD 30 - Traduccion al español de documentos de estudio por hoja: USD 15 - Aprobacion de traducciones si estas se hicieren fuera de la oficina consular por hoja: USD 10 /// Diligenciamiento de cualquier acto fuera de la oficina: Por hora: USD 30 - Por dias: USD 200 /// Certificacion consular de residente en el extranjero para ser usada en virtud de la ley No 3348 de agosto de 1964: USD 20 /// Juramentacion de graduandos universitarios o afines, requerida por las instituciones de educacion superior: Gratis ///
- Derechos consulares: Registro anual en las oficinas consulares de firmas de representantes de empresas o sociedades autorizados para firmar documentos de sus compañias: USD 50 /// Certificacion o declaracion no especificada en la seccion de actos administrativos: USD 40. /// Inscripcion de nacimientos, matrimonios o defunciones o por cualquier otra anotacion relativa al estado civil de los ciudadanos costarricenses: Gratis /// Certificacion de inscripcion de nacimientos, estado civil o defuncion de ciudadanos Costarricenses: Gratis /// Tramitacion y entrega de cedulas de identidad a costarricenses: Gratis
- Derechos consulares: Autenticacion de la firma del funcionario consular en los certificados de nacimiento de Costarricenses nacidos en el extranjero cuando la inscripcion de su nacimiento se realice despues de los 10 años de edad: Gratis /// Autenticacion, traducir o aprobar la traduccion de cualquier documento de costarricenses para su presentacion ante el registro civil: Gratis. /// Por diligenciar exhortos o realizar actos en los que el consul actue con el caracter de funcionario judicial en la oficina consular, sea para modificar un fallo o resolucion, practicar citacion o reconocimiento de firma o documento, notificar una consignacion o la renuncia o aceptacion de un derecho, la oposicion a algun acto o convenio, la aceptacion o repulsa de peritos, de arbitros o interpretes o nombramientos de los mismos u otros actos de la misma clase por cada uno de ellos: USD 30 /// Actos propios de la jurisdiccion laboral, agraria y de familia, sea voluntaria o contenciosa: Gratis.
- Derechos consulares: Cuando a solicitud de la autoridad competente se requiera la legalizacion de certificados de origen, conocimientos de embarque ( B/L ), facturas comerciales, guias aereas o terrestres u otroas documentos asociados con la declaracion aduanera, para efectos probatorios en los distintos procedimientos administrativos o judiciales, por cada documento y sus copias: USD 40 /// Cuando se requiera la legalizacion en el exterior de certificados de origen, conocinmientos de embarque ( B/L ), facturas comerciales, guias aereaso terrestres u otros documentos asociados con la declaracion aduanera, producto de los diversos procesos de investigacion realizados por autoridades estatales en Costa Rica: Gratis.
- OFICINAS AUTORIZADAS DE PAGO BANCO DEL OCCIDENTE: BOGOTA: Avenida Jimenez: Cra 8 No 14 - 45 Tel 3535000 // Calle 72: Cra 7 No 71 - 48 Tel: 3265080 // Salitre: Calle 26 No 68B - 85 local C-102 Tel: 4270202 - 4270077 // Country: Cll 85 No 16 - 41 local 6 Tel: 6216531 - 6217077 // Avenida 68: Avenida 68 No 10 - 53 Tel: 4053838 // Carrera 15: Av 15 No 119A - 45 Tel: 6291195 - 6291077 // Calle 100: Calle 100 No 9A - 39 Tel: 2961300 // Teleport: Cll 114 No 9 - 01 Torre A a C 106 Tel: 6295189 - 6295178 // Fundacion Santa Fe: Av 9 No 117 - 20 local 110 - 111. Tel: 6374176 // Los Horarios para las oficinas en Bogota son: Lunes a Viernes: 8:30 a 2:30 pm. // MEDELLIN: Dann: Cra 43 No 7 - 50 B interior 101 Tel: 2663858 Horario: Lunes a Viernes: 8:30 a 11:30 am.
- Duracion del tramite: 6 dias habiles ( Despues de la cita ).
- Para el pago de los derechos consulares de la visa de Costa Rica se debe hacer unicamente en el BANCO DEL OCCIDENTE en la cuenta corriente No 228-02092-1. El pago del tramite consular debera realizarse unicamente en la ventanilla de moneda extranjera de las oficinas anteriormente mencionadas del Banco del Occidente, No se recibiran los pagos en las oficinas del grupo aval.
- El pasajero debe informarle al cajero que se trata de un tramite del consulado de Costa Rica y cancelar en efectivo o con debito a cuenta corriente o de ahorros si es cliente, la suma en pesos equivalente a la tarifa del tramite en dolares que le haya informado el consulado. El solicitante debera cancelar un valor adicional equivalente a USD 1 por concepto de transaccion.
- La suma en pesos varia de acuerdo con la tasa diaria de venta del banco del occidente. El banco genera original y dos copias de la declaracion de cambio que comprueban el ingreso a la cuenta del consulado. Las dos copias debidamente selladas se entregan al usuario o cliente pagador para soporte suyo y del consulado.
- Los cajeros, ni el banco tienen informacion de las tarifas consulares. Es responsavbilidad del usuario o cliente pagador confirmar previamente en el consulado que dicha tarifa corresponda al tramite solicitado.
| | | REQUISITOS VISA TURISMO / NEGOCIOS / TRABAJO / ESTUDIOS / LEGALIZACIONES: | | | | - Pasaporte vigente minimo 6 meses y copia de los datos biograficos del mismo.
- Formulario de solicitud debidamente diligenciado y firmado
- 1 fotografia vigente fondo blanco tamaño 5 x 5
- CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES: Con el fin de obtener este documento, el usuario deberá dirigir una nota de derecho de petición a la Policía Nacional, solicitando expresamente que se le entregue, para efectos personales, una certificación que indique clara y expresamente si tiene antecedentes penales en Colombia. A partir de 31 de octubre de 2012 NO se recibirán las consultas apostilladas de pasado judicial que emite la Policía Nacional en línea.-Original.
- printer de la reserva aerea
- Original y copia de el certificado de la vacuna contra la fiebre amarilla la cual debe ser aplicada 10 dias antes del viaje.
- Voucher del hotel o carta de invitacion con copia de la cedula de identidad de la persona que invita. .
- Carta laboral indicando: cargo, salario y tiempo de servicio.
- Extractos bancarios de los ultimos tres meses y toda la solvencia economica que se pueda demostrar. Tambien se dene anexar una referencia bancaria con saldo a la fecha.
- Certificado del movimiento migratorio expedido por el D.A.S.
- Para los menores de edad anexar la carta de reponsabilidad de gastos , permiso de salida de los padres, registro de nacimiento y carta del colegio mas los documentos de visa normales.
- Para las visas de NEGOCIOS se debe adjuntar la carta de invitacion de la empresa en costa rica especificando el motivo de la visita, contactos y fechas de invitacion junto con la carta de responsabilidad, la camara de comercio y los extractos de la empresa colombiana y los extractos personales.
- REQUISITOS VISA MULTIPLES ENTRADAS:
- La visa multiple la concede la direccion general de migracion y extranjeria de Costa Rica, El consulado de Costa Rica en Colombia lo que hace es recopilar la informacion, consularizarla, verificarla que este completa y enviarla a la DGME en Costa Rica, previo pago del courier por parte del interesado. Por lo general el tramite se demora de 3 a 4 meses y la visa se otorga por periodos renovables de 1 año.
- Carta de solicitud dirigida a la direccion de migracion y extranjeria, exponiendo las cualidades del solicitante y las razones por las cuales la persona considera necesario que la DGME le otorge la visa multiple debidamente autenticada por el consulado general de Costa Rica en Colombia.
- Pasado judicial autenticado por el ministerio de relaciones exteriores Colombiano y posteriormente consularizado por el consulado general de Costa Rica en Colombia. .
- Registro civil de nacimiento autenticado por el MRE y posteriormente consularizado.
- Certificacion de ingresos, bienes e inmuebles del solvente.
- Copia de todas las paginas del pasaporte, las cuales deben ir notarizadas, autenticadas ante la super intendencia y notariado y registro y el MRE y posteriormente consularizadas.
- Poder de autorizacion a una persona en Costa Rica ( Ej: un Abogado ) para que represente al solicitante en los tramites de la obtencion de la visa multiple ante la direccion general de migracion y extranjeria. Esta persona debera contar con un numero de fax para recibir notificaciones, ya que esa es la forma en que la DGME se comunica con los solicitantes, Nunca en forma directa, sino mediante fax a sus apoderados.
- Cuatro fotografias tamaño pasaporte.
- Demostrar relacion laboral.
- El costo del courier es de $ 150.000 pesos.
- El tramite se puede hacer por un tercero debidamente apoderado para el acto y una vez recibida la solicitud, se emitira un recibo en donde se indicara toda la informacion contenida en esta. Este recibo le servira para que en un futuro, mientras sale la resolucion de la DGME, el consulado general de Costa Rica en Colombia, le otorgue de una forma mas expedita la visa consular, con tan solo presentar el formulario diligenciado, la copia del itinerario y copia del recibo de solicitud de visa multiple.
- REQUISITOS VISA TEMPORAL DE ESTUDIOS:
- El permiso temporal de estudio lo concede la direccion de migracion y extranjeria de Costa Rica, El consulado de Costa Rica en Colombia lo que hace es recopilar la informacion, consularizarla, verificar que este completa y enviarla a la DGME en Costa Rica, previo pago del courier por parte del interesado. El tramite se demora de 3 a 4 meses en ser resuelto y se otorga por priodos renovables de 1 año.
- Carta de solicitud dirigida al director de Migracion y Extranjeria, Indicando todas las cualidades del solicitante y exponiendo las razones por las cuales el solicitante considera necesario que la DGME le otorgue la visa debidamente legalizado por el consulado general de Costa Rica en Colombia.
- Pasado judicial y registro civil de nacimiento debidamente autenticado por el ministerio de relaciones exteriores de Colombia y posteriormente consularizado.
- Carta de aceptacion de la universidad o centro educativo en Costa Rica.
- Fotocopia completa de todas las paginas del pasaporte debidamente notariadas y autenticadas por el MRE y la embajada de Costa Rica.
- Poder en donde se autoriza una persona en Costa Rica ( Ej: Un Abogado ) para que represente al solicitante en los tramites de obtencion del permiso de estudiante, esta persona debera de contar con un numero de fax para recibir notificaciones ya que esa es la forma en que la DGME se comunica con los solicitantes, nunca es en forma directa sino mediante fax a sus apoderados.
- Cuatro fotografias recientes tamaño pasaporte.
- Declaracion jurada de quien se hace cargo economicamente del solicitante y Solvencia economica propia o de los padres, certificados de otros titulos obtenidos, documentacion de becas obtenidas, etc.
- Titulo de bachiller o universitario, Certificado de notas, titulos obtenido en Colombia el cual debera venir autenticado por el ministerio de educacion, por el MRE y despues consularizarlo.
- El costo del courier es de $ 130.000 pesos
- Una vez recibida la solicitud, se emitira un recibo en donde se indicara toda la informacion contenida en esta. Este recibo le servira para que en un futuro, mientras sale la resolucion de la DGME, y la persona se encuentre en Costa Rica, su estatus de inmigrante sea legal, puesto que no le podran deportar hasta tanto la DGME se manifiesta sobre la solicitud iniciada en el consulado de Costa Rica en Colombia.
- Segun previo acuerdo con instituciones de enseñanza en Costa Rica y ante instrucciones de la DGME, una vez que la persona radique su solicitud de permiso temporal de estudiante en el consulado general, se le otorgara la visa de ingreso.
- REQUISITOS VISA TEMPORAL DE TRABAJO:
- El permiso temporal de trabajo lo concede la direccion general de migracion y extranjeria de Costa Rica, el consulado de Costa Rica en Colombia lo que tiene que hacer es recopialr la informacion, consularizarla, verificar que este completa, armar el paquete y enviarla a la DGME en Costa Rica, previo pago del courier por parte del interesado. el tramite se demora de 4 a 5 meses y se otorgan por periodos renovables de 1 año.
- Carta de solicitud dirigida al director de migracion y extranjeria, Indicando todas las cualidades del solicitante exponiendo las razones por las cuales la persona considera necesario que la DGME le otorgue su permiso temporal de trabajo debidamente legalizado por el consulado general de Costa Rica en Colombia.
- Pasado judicial autenticado por el ministerio de relaciones exteriores Colombiano y posteriormente consularizarlo.
- Registro civil de nacimiento, autenticado por el ministerio de relaciones exteriores Colombiano y posteriormente consularizarlo.
- Contrato de trabajo, firmado por ambas partes, este debera venir notarizado.
- Fotocopia completa de todas las paginas del pasaporte las cuales deberan venir notarizadas, luego autenticadas por la superintendencia de notariado y registro y por ultimo al ministerio de relaciones exteriores Colombiano y posteriormente consularizado.
- Poder en donde se autorize a una persona en Costa Rica ( puede ser un abogado mas no es obligatorio ) para que le represente en los tramites de obtencion del permiso de trabajo, esta persona debera de contar con un numero de fax para recibir notificaciones, ya que esa es la forma en que la DGME se comunica con los solicitantes, nunca en forma directa, sino, mediante fax a sus apoderados.
- Cuatro fotografias tamaño pasaporte con el nombre del solicitante por detras.
- Los titulos que respalden la profesion del profesional, autenticados por el ministerio de eduacacion y luego por el ministerio de relaciones exteriores colombiano, para finalmente ser consularizados por el consulado general de costa rica. Certificacion laboral
- Material de la compañia contratante: copia de la cedula juridica, del acta de constitucion de la S.A y del representante legal debidamente notarizadas por notario publico costarricense, una personeria juridica de la compañia, certificado de caja costarricense de seguro social y copias de la planilla de la caja, estados de balances y certificacion del instituto costarricense de seguros.
- El costo del courier es de: $ 130.000
- Una vez recibida la solicitud, se emitira un recibo en donde se indicara toda la informacion contenida en esta. Este recibo le servira para que en un futuro, mientras sale la resolucion de la DGME, y la persona se encuentre en costa rica, su estatus de inmigrante sea legal, puesto que no le podran deportar hasta tanto la DGME se manifiesta sobre la solicitud iniciada en el consulado general de costa rica en Colombia.
- LEGALIZACIONES: ( Para legalizar documentos ante la embajada de Costa Rica se debe solicitar una cita previa al E mail: citasconsularizacioncr@gmail.com )
- El tramite para la autenticacion de firmas estampadas en los documentos procedentes de instituciones de la republica de Colombia para su reconocimiento oficial en Costa Rica es asi:
- Los documentos deberan tener adjunta la legalizacion de la firma oficial de autenticaciones del ministerio de relaciones exteriores de Colombia, la cual debe venir firmada por el consul de Costa Rica en Colombia. No se aceptaran documentos APOSTILLADOS.
- Si son documentos notarizados, deberan traer previamente la autenticacion de la superintendencia de notariado, para que finalmente traigan el sello de autenticacion del ministerio de relaciones exteriores Colombiano.
- Los documentos deberan presentarse en Costa Rica al ministerio de relaciones exteriore y culto ubicado en san jose, avenidas 7 y 9, calles 11 y 13.
- Para la autenticacion de la firma del consul de Costa Rica, el solicitante debera aportar junto con cada documento los timbre de ley: timbres de parques nacionales: 500 colones /// Timbres de fiscales: 125 colones.
- Para las legalizaciones se debe aportar carta de autorizacion o poder original y autenticado, para efectuar el tramite/ padre/ madre con copia del registro de nacimiento. Copia de la cedula de ciudadania de la persona que realiza el tramite. Los DOCUMENTOS deben estar autenticados por notaria y superintendencia de notariado y registro, para despues ser legalizado por el ministerio de relaciones exteriores. COSTA RICA no pertenece al convenio apostille.
- Para los PODERES se debe anexar la copia de la cedula de identidad de quien otorga el poder, Si quien otorga el poder lo hace en representacion de una persona juridica ( empresa ) debe aportar los documentos que acrediten sus facultades para el acto. Se debe remitir previamente el texto del poder al correo de las citas de consularizacion. En el mismo mensaje en que se remite el texto del poder, se debe adicionalmente solicitar la cita para firmar el poder. Cuando el poder trate de ventas de bienes, inmuebles ( Ej venta de carro, casa ), el tramite se efectua directamente con el sr consul general.
- Para la solictud de ANTECEDENTES PENALES se deben anexar la copia de la cedula/pasaporte y dos cartas. La primera carta debe indicar el nombre, no de pasaporte, fecha de nacimiento, nombre, No de cedula y fecha de nacimiento de los padres, fechas en que vivio en Costa Rica, direccion y telefono, indicar que hizo en Costa Rica. La segunda que deben de hacer en Costa Rica ( Carta de autorizacion para que alguien los represente para retirar la documentacion.
- Para la solicitud de PERMISO DE SALIDA PARA LOS MENORES se debe anexar el certificado de nacimiento, copia de la cedula de ambos padres y copia de la primera hoja del pasaporte del menor en donde esta la foto.
- Para los cerificados de matrimonios se debe anexar dos testigos costarricenses y sus respectivas cedulas, copias de ambas cedulas de los novios ( uno de los novios debe ser tico ) , registro de nacimiento de ambos debidamente legalizado por el consulado de Costa Rica, certificado de solteria de ambos y la carta de solicitud firmada por ambos novios y autenticada .
| | | REQUISTOS PARA OTORGAMIENTO DE PODERES: | | | | - PODER GENERALISIMO Y GENERAL: Original y copia del documento de identificacion del otorgante, las calidades del apoderado por escrito ( nombre completo segun aparece en la cedula de identidad, pasaporte o carnet de residente, direccion exacta en Costa Rica, profesion u ocupacion, estado civil y numero de identificacion )
- PODER ESPECIAL Y ESPECIALISIMO: Original y copia del documento de identificacion del otorgante, las calidades del apoderado por escrito ( nombre completo segun aparece en la cedula de identidad, pasaporte o carnet de residente, direccion exacta en Costa Rica, profesion u ocupacion, estado civil y numero de identificacion ) documento que respalde el contenido del poder ( dependiendo de cada caso en particular, seran documentos originales de certificados de matrimonio, de nacimiento, personaerias juridicas de S,A, informes registrales de las propiedades a vender o comprar ) Para mayor precision en los terminos del poder, se debe traer un borrador de este por parte del abogado que en Costa Rica estara asesorando a la parte interesada.
- PODER ESPECIAL JUDICIAL: Original y copia del documento de identificacion del otorgante, las calidades del abogado apoderado por escrito ( nombre completo segun aparece en la cedula de identidad, pasaporte o carnet de residente, direccion exacta en Costa Rica, numero del carnet del colegio de abogados, estado civil y numero de identificacion ) Se debe traer el contenido del poder a la hora de la cita.
| | | REQUISTOS VISA RESIDENCIA: | | | | - Carta de solicitud indicando las cualidades del solictante y explicando el motivo de la solictud debidamente autenticado por el consulado general de Costa Rica.
- Registro de nacimiento, pasado judicial y copias completas de todo el pasaporte debidamente autenticadas por el consulado general de Costa Rica en Colombia.
- 4 fotografias recientes fondo blanco tamaño pasaporte con el nombre de la persona por detras de la foto.
- Certificado de ingresos/ bienes e inmuebles del solvente y demostrar vinculo con costa rica ( Ej: certificado de nacimiento, de matrimonio, etc )
- Poder delegando a alguien ( Ej un abogado ) para que lo represente ante la direccion general de migracion y extranjeria. Debera indicar un No de Fax en costa rica para recibir notificaciones.
- Cancelar el courrier del envio. NOTA: Se puede hacer en costa rica entero el pago a favor del gobierno de Costa Rica y las huellas se toman en el archivo judicial.
| | | SISTEMA DIGITAL DE SOLICITUD DE VISAS PARA COSTA RICA: | | | | - Desde el 1 de Noviemnbre de 2009 se ha implementado el plan piloto de solicitud electronica de visas, por lo que podra seguir el siguiente procedimiento para solicitar la visa.
- 1. Verificar en esta pagina todos los requisitos que se requieren para el tramite de visa y transferirlos a un formato electronico ( escaneados ) en word, pdf o jpg. El record migratorio es un requisito necesario, por lo que se debe abrir el sobre que lo contiene y digitalizar la hoja de certificacion, asi como la plantilla de informacion. Cada archivo debe quedar debidamente identificado y no debe medir mas de 700 kb ( archivos demasiado grandes no pueden ser anexados y se corre el riesgo de interrumpir todo el procedimiento.
- 4. Completar todos los campos del formulario, indicando claramente las fechas programadas de viaje y en el espacio correspondiente indique su numero de pasaporte que inicia con los caracteres CC, RN o NUIP, NO indique el numero de la libreta.
- 5. Una vez completado el formulario adjunte uno por uno todos los requisitos necesarios que fueron escaneados y envie la solicitud. Si la solicitud fue enviada correctamente recibira un correo electronico asignandole un numero de consecutivo o folio. Este correo solamente indica que la solicitud fue enviada, no implica que la visa ha sido tramitada, ni que la documentacion remitida se encuentre en orden.
- 6. Una vez su solicitud sea tramitada se le comunicara si la visa es otorgada o denegada. En caso de ser otorgada, se le brindara una cita por correo electronico para que sea presente a la oficina consular en bogota, para que su visa sea estampada en el pasaporte.
- NOTAS: No se haran previsiones sobre requisitos faltantes, de manera que si se reciben solicitudes que no cumplen la totalidad de los requisitos, seran denegadas automaticamente y el solicitante debera esperar seis meses para que se le tramite una nueva solicitud.
- Por la naturaleza de la funcion consular y el debido cuidado que se debe prestar al analisis de los documentos enviados segun la legislacion vigente; se brindara respuesta al usuario en un maximo de 10 dias habiles contados a partir del primer dia habil posterior a la remision de la solicitud digital para optar por una visa de ingreso a Costa Rica.
| | | NOTAS: | | | | - Una vez aprobada la visa el solicitante cuenta con 30 dias para ingresar a Costa Rica y una vez negada la solicitud de visa el solicitante podra volver hacer una nueva solicitud despues de 5 meses.
- Los residentes en Costa Rica que deseen que los familiares vivan con ellos en territorio costarricense, deberan exponer el caso ante la DGME ( Direccion general de migracion y extranjeria ) para que una comision estudie la posibilidad de otorgar la residencia por reunificacion familiar a lo que ellos emitira un comunicado a los consulados.
| | | SERVICIOS A CIUDADANOS COSTARRICENSES: | | | | - Se debe indicar en el correo electronico los nombres, apellidos, numeros de cedula o pasaporte y telefonos en los cuales contactar a la persona costarricense. En caso de perdida de documentos de viaje, los tramites consulares pueden realizarse unicamente en dos dias habiles.
- En caso de emergencia se puede llamar a los telefonos: 6295462 o 6197362 e indicar nombres, numero de cedula o identidad o pasaporte y telefonos en los cuales puede ser contactada la persona costarricense. Unicamente en caso de accidente o fallecimiento ocurrido en fin de semana o dia feriado se puede llamar a los telefonos celular: 320 4983802 indicando nombres, numero de cedula o identidad o pasaporte de la persona Costarricense. Para casos de emergencia los Costarricenses seran atendidos sin cita de Lunes viernes de 2:00 a 4:00 pm, el cual se debera presentar la cedula de identidad o el pasaporte.
- Todos los tramites consulares de Costarricenses que deban ser inscritos en el registro civil son gratuitos. 1. Emision de cedulas. 2. Renovacion de cedulas. 3. Inscripcion de nacimientos. 4. Defunciones.
- EMISION DE CEDULAS POR PRIMERA VEZ:
- Todo ciudadano Costarricense mayor de 18 años debe portar la cedula de identidad vigente. Para obtener la cedula de identidad por primera vez, debera dirigirse a la seccion consular para completar los documentos pertinentes. El costarricense debe hecerse acompañar del padre, madre o quien haya ejercido la representacion legal en su minoria de edad. En su defecto debera presentarse con dos testigos costarricenses con cedula de identidad vigente.
- REQUISITOS: 1. Pasaporte. 2. Copia del pasaporte. 3. Copia certificada del certificado de nacimineto. 4. 2 fotografias recinetes fondo color celeste. 5. Copia de la cedula de identidad del padre, madre o representante legal. 6. Copia de la cedula de identidad de los testigos.
- REQUISITOS: 1. Cedula de identidad vencida. 2. Fotocopia de la cedula de identidad por ambos lados 3. Copia del certificado de nacimiento. 4. 2 fotografias recientes color celeste. NOTAS: Si la cedula de identidad se vencio en 1995 o en una fecha anterior, ademas sera necesario presentar: 1. 2 testigos de nacionalidad Costarricense 2. Cedula de identidad vigente de los testigos 3. Copia de la cedula de identidad de los testigos por ambos lados. 4. Declaracion jurada de los testigos la cula sera firmada ante el consul.
- Duracion del tramite: Una vez que son completados los documentos, la solicitud sera remitida al registro civil de Costa Rica para su debido tramite. El envio de la cedula de identidad puede demorar hasta 4 meses para ser remitida a la seccion consular. La entrega de la cedula es personal.
- INSCRIPCION DE NACIMIENTOS:
- 1. Certificado de nacimiento del padre o de los padres Costarricenses. 2. Pasaporte del padre o madre y una copia de las primeras dos hojas. 3. Cedula de identidad del padre o madre Costarricense. 4. Certificado de nacimiento del menor ( debidamente legalizado por la seccion consular ). El interesado debera presentarse junto con el menor a la seccion consular y llenar los formularios respectivos que seran enviados por el funcionario consular junto con el resto de la documentacion al registro civil.
- 1. Certificado de defuncion. 2. Certificado de autopsia o certificado de cremacion si es el caso. 3. Certificado de que la persona no padecia enfermedades infectocontagiosas en el momento en que fallecio, si esta informacion no se incluyo en la autopsia. 4. Ademas el interesado debe presentar algun documento que haga constar su parentezco con la persona fallecida.
| | | NOTAS ESPECIALES: | | | | - La informacion debe confirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho a modificar sin previo aviso la documentacion, los valores y requistos establecidos por ellos.
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